Lunes  6 de Octubre del 2025
  
GOYA SALE A RECAUDAR

Multaran a quienes falsifiquen su radicación vehicular en jurisdicción municipal en otro municipio

La Municipalidad de Goya en estricto cumplimiento a la Ordenanza 1791 realizará control vehicular a efectos de concientizar sobre el pago de tasa municipal de los vehículos automotores registrados en la Jurisdicción de éste municipio.

Con la finalidad de establecer correctamente la relación dominial del vehículo y el lugar del domicilio del propietario del rodado, se efectuará en los próximos días una intensiva campaña para informar sobre los alcances de la correspondiente normativa, que regula la propiedad y pago de gravámen municipal.





La Ordenanza 1791 en su Título III sobre Impuesto a los Automotores y otros Rodados y el hecho imponible establece:

Artículo 127º: La radicación en el Municipio de Goya de vehículos automotores, acoplados, motovehículos y similares obliga al pago del gravámen establecido en el presente Título, conforme a las tablas de valores, alícuotas, adicionales o descuentos, importes fijos y/o mínimos que establece el Código Fiscal de la Provincia de Corrientes y leyes tarifarias complementarias.

Sobre la Radicación vehicular la mencionada norma legal especifica:

Artículo 128: A los efectos legales los propietarios de vehículos que se domicilien en el Municipio de Goya están obligados a radicarlos en éste Municipio, de acuerdo a las disposiciones emergentes del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. La radicación de vehículos en el Municipio de Goya queda constituída desde la fecha de compra o de nacionalización otorgada por Autoridad Aduanera, en el caso de vehículos, motovehículos, acoplados y similares nuevos, y/o de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en ésta Jurisdicción, y cesa desde la fecha de toma de razón por parte del citado registro.

También constituye radicación en el municipio de Goya cuándo el Registro de la Propiedad del Automotor consigna en el título de propiedad que el vehículo se guarda habitualmente en ésta jurisdicción.

A fin de ir conociendo los artículos que regulan la propiedad del vehículo en la jurisdicción del Municipio de Goya y contribuir de manera eficiente al pago de la tasa correspondiente, la comuna instrumentara ésta misión de informar y comunicar a los propietarios los artículos salientes de la Ordenanza 1791, como ser el caso referido a la radicación efectiva y sus presunciones:

Artículo 129: Sin perjuicio de la radicación de un vehículo fuera de la jurisdicción del Municipio de Goya, que conste en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, se presume que el vehículo se encuentra radicado en este Municipio y sujeto su titular o poseedor a título de dueño al pago del tributo en ésta jurisdicción, cuándo se de cualquiera de las siguientes situaciones:

a)Cuándo el titular dominial o poseedor a título de dueño tenga su domicilio fiscal o real en el Municipio de Goya.
b) Cuándo el titular dominial o poseedor a título de dueño posea domicilio en otra jurisdicción en la que se registra la radicación del vehículo, pero se verifique la existencia de un espacio de guarda habitual o estacionamiento en el Municipio de Goya.
c)Cuándo el titular dominial o poseedor a título de dueño desarrolle actividades en ésta jurisdicción que involucren el uso del vehículo.
d) Cuándo cualquier tipo de documentación habilitante para la circulación del vehículo sea recibida en un domicilio del Municipio de Goya.
Artículo 130: El impuesto establecido en el presente título es anual, aun cuando su pago, se establezca en más de una cuota y será proporcional al tiempo de radicación del vehículo en ésta jurisdicción, a cuyo efecto se la considerará en término de días corridos, excepto para el otorgamiento de bajas, para la que deberá acreditarse el pago del 100 % de la cuota vencida o a vencer que contenga la fecha del cese de la radicación.

De ésta manera la Municipalidad realizará ésta campaña de concientización, de comunicación de brindar todos los datos necesarios para una mejor relación Municipio Vecino.


Jueves, 26 de julio de 2018


 


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