Lunes  5 de Mayo del 2025
  
CAPITAL CORRENTINA

Ratificaron prisión para escribano que usó documentos adulterados

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de cárcel para un escribano que fue encontrado culpable de usar documentos públicos adulterados, postura que había sido tomada por el Tribunal Oral Penal Nº2.



De esta manera, el profesional tendrá que cumplir dos años y medio de prisión por los delitos de falsedad ideológica de instrumento y el uso del documento ilegal, contemplados en el artículo 296 del Código Penal Argentino.
A la conclusión a la que llegó la Justicia es que el escribano autorizó la donación de un inmueble ubicado en el centro de la ciudad de Corrientes con documentos cuyas firmas eran falsas. El beneficiado de dicho donativo es un hombre que está co-imputado en la causa, quien iba a recibir una vivienda por parte de sus padres. Ese documento luego fue inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, lo cual perjudicó a los progenitores, quienes no pudieron disponer del inmueble al solicitar el estado de dominio.
El Tribunal Penal Nº2 entendió que la acusación radica en el uso que se le da al instrumento público, el cual fue inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble, el 27 de febrero de 2005.
En cuanto al sujeto beneficiado que recibió la donación del cien por ciento del inmueble conforme está expresado en la escritura Nº2 del 11 de febrero de ese año, el Tribunal entendió que esto fue con total conocimiento de la falsedad del contenido. “La decisión de utilizarlo como tal demuestra acabadamente el dolo (la intención) que guiaba su accionar”, reza la sentencia judicial, la cual prosigue aclarando que “no se reprocha aquí la redacción del documento falso sino el perjuicio potencial que se generó a partir de la inscripción que denota el uso dado al instrumento”.
Los jueces en ese sentido hicieron lugar a lo que había señalado el fiscal de la causa que acusó que “las firmas insertas en la escritura no le pertenecen a los otorgantes de la donación, sino que son de la persona beneficiada”.
En tanto los ministros del Superior Tribunal, Alejandro Alberto Chaín, Guillermo Horacio Semhan y Fernando Augusto Niz apuntaron, por otro lado, que el escribano incluyó en el documento un hecho que no ocurrió en su presencia, esto es la transferencia de derechos y acciones hereditarias, algo que había sido ocultado y que “tuvo como consecuencia el cambio de derechos por los que enumeraba el documento”.
De esta manera, los ministros rechazaron la casación presentada por al defensa del profesional y confirmaron la pena impuesta.


Lunes, 1 de febrero de 2016


 


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