Jueves  26 de Junio del 2025
  
APLICACIÓN DE LA LLAMADA LEY NACIONAL DE TIERRAS

Corrientes y once distritos no informan cuánta tierra extranjerizada poseen

Hasta el último día hábil de febrero de 2012, las 23 provincias del país tenían 60 días de plazo para en­tregar al Consejo Intermi­nisterial de Tierras Rura­les, la información sobre cuánta tierra que está en sus respectivas jurisdiccio­nes pertenece a personas físicas o jurídicas de nacio­nalidades extranjeras.



El organismo es parte de la re­glamentación de la llama­da Ley de Tierras, norma aprobada en el Congreso de la Nación el 22 de diciem­bre de 2011. A 29 meses de haber fenecido dicho pla­zo, gobernadores de una docena de provincias no enviaron la información y la cámara que nuclea a las agencias inmobiliarias ru­rales, además de criticar la ley que limita la comercia­lización de inmuebles a fo­ráneos, protestó porque sin esa información se retraen las inversiones en el sector (ver aparte).
“Los organismos provin­ciales que lleven el registro de sociedades tendrán a su cargo el deber de informar la nómina de sociedades extranjeras o con participa­ción extranjera inscriptas en su jurisdicción, y cual­quier otra información que la autoridad de aplicación requiera para cumplir con la citada ley”, explica un fragmento del decreto na­cional Nº 274/2012 que es el que reglamentó la nor­ma: Protección al Dominio Nacional sobre la Propie­dad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales, conoci­da como “Ley de Tierras”. Su número es 26.737.
Las provincias que no cumplen con el envío de información son Salta, Jujuy, Catamarca, La Rio­ja, San Juan, Corrientes, Neuquén, Santa Cruz (de donde era oriundoel ex Presidente, Néstor Kirch­ner) y Santiago del Estero. Se suman además, distritos importantes en extensión y riqueza, como Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba. La sospecha de que esos datos no son entregados, radica en que quizás en todos los casos la cantidad de hectá­reas extranjerizadas supere el 15% que establece la ley. Pero además, esos terrenos no deben estar cerca de zonas ecuestres o recursos estratégicos en materia na­tural. Puntualmente donde se encuentren reservas de agua dulce, un recurso na­tural no renovable. Son las principales vallas que puso la norma, pero en la mayo­ría de los casos y Corrien­tes es una de ellas, la co­mercialización de campos a millonarios extranjeros se intensificó en la década del ‘90.
En 2007 con la reforma constitucional en la Pro­vincia se institucionalizó el límite a esas operaciones, y a nivel nacional se dio algo parecido cuatro años des­pués. La reglamentación de la norma se hizo recién en 2012 y en julio de 2013 la Presidenta anunció en cadena nacional que la ex­tranjerización de tierras en Argentina no supera el 15%, tope impuesto por di­cha norma (ver recuadro).
A pesar de esto, en la Constitucional Nacional sigue sin estar normado el límite a la compra de tie­rras por parte de extranje­ros. Lo citado hasta aquí es una ley que como se obser­va, sus principales manda­mientos no son cumplidos. Justamente, cuando se ini­ció la Convención Constituyente pro­vincial en 2007, el radicalismo de entonces y el go­bernador Arturo Colombi se opusieron al artículo 61 debido a que a nivel nacional no estaba, como ahora, normado un freno a la extranjerización de campos en el país. Se habló incluso del caso del constitucionalista de ex­tracción radical Mario Mi­dón, que el mencionado artículo en la reformada Constitución correntina podría “caer” debido a que el mandamiento de ese ítem no figuraba en la Car­ta Magna nacional. Midón, que además fue conven­cional, objetó durante la sesión otro artículo, el 58º: “Por demagogia y para de­jar contenta a la gente del Iberá que trajeron a la se­sión, pero a la que a la vez perjudicaron con la apro­bación de este artículo”. El mismo fijó como de uso público a las tierras fiscales que estén dentro de los Es­teros del Iberá, cuyas napas subterráneas comprenden el Acuífero Guaraní.


Lunes, 29 de septiembre de 2014


 


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