Domingo  11 de Mayo del 2025
  
DE CUANDO FUE INTERVENTOR DE CORRIENTES

La Corte Suprema decidió archivar la causa de Aguad por los 60 millones de dolares


El máximo estrado judicial del país dictaminó que cerrar la causa en la que se acusó al actual diputado nacional de corrupción en el 2001. Se consideró que el plazo razonable de sentencia definitiva se terminó, por lo que ya podría no saberse más el destino de 60 millones de dólares por la defraudación con bonos.




La Corte Suprema de Justicia le cerró una causa al diputado radical en el Consejo de la Magistratura Oscar Aguad, quien estaba procesado por una supuesta defraudación por 60 millones de dólares contra el municipio de Corrientes mediante una operación con bonos, cuando fue interventor de esa ciudad durante la efímera presidencia de Fernando de la Rúa.
Aguad, cordobés de nacimiento, fue un hombre fuerte durante la Intervención Federal a la provincia entre 1999 y 2001. Según la denuncia presentada poco antes de que cesara en el cargo (casi en simultáneo con la caída del gobierno de la Alianza), fue el gestor de una operación que es considerada "ruinosa". Aguad tomó un empréstito por 60 millones de dólares en agosto de 2000, y los convirtió en Certificados de Cancelación de Deudas de Corrientes (CECACOR), una de las tantas cuasi monedas que circulaban en el país, que navegaba hacia el naufragio de la Convertibilidad.
Esa toma de crédito había sido respaldada por el gobierno provincial con garantía de los recursos de coparticipación. En la causa se investigaba cuál fue el destino de ese dinero. La denuncia contra el ex interventor y actual diputado Aguad fue presentada el 29 de noviembre de 2001 por el ingeniero Rodolfo Amílcar Paladini, un activo defensor del patrimonio de los correntinos que incluso cuestionó la asunción de Aguad como diputado en 2005 por las imputaciones en su contra por presuntos perjuicios a la provincia.
En una entrevista concedida a un programa radial Paladini explicó la operación: "El interventor dispuso, al margen de todas las normas provinciales y municipales, violando la Carta Orgánica –que es la ley municipal–, contraer un empréstito con el Banco Nación por 60 millones de dólares, que el Banco Nación entrega; Aguad los va a buscar, se los lleva a la Municipalidad y allí los 60 millones desaparecen. ¿Me entendió? En lugar de los 60 millones aparecen Bonos Cecacor, pero no por los 60 millones sino que aparecen 20 millones de pesos en papeles. Ni remotamente en aquella época un dólar podría haber valido un Cecacor." Pese a que el procurador general adjunto de la Nación Eduardo Casal había dictaminado en mayo de 2013 en contra de la extinción de la causa por prescripción, tal como lo había dispuesto el Tribunal Superior de Corrientes, la Corte Suprema, "con fundamento en la garantía de la defensa en juicio", entendió que "el imputado tiene derecho a obtener –después de un proceso tramitado en legal forma– un pronunciamiento que ponga término, del modo más rápido posible, a la situación de incertidumbre y restricción a la libertad que comporta el enjuiciamiento penal". Una de las causales de interrupción de la prescripción en el caso de los funcionarios públicos es la permanencia en la función.
La norma apunta a garantizar la persecución judicial, que desde el poder que significa un cargo puede obstaculizar al acusado. Aguad dejó de ser interventor en 2001 y juró como diputado en 2005. El delito por el que estaba imputado, "defraudación en perjuicio de una administración pública", contempla penas que van de un mes a seis años de cárcel.
Cuando volvió a la función pública, el máximo de la pena no había transcurrido, es decir, el presunto delito no estaba prescripto. Pero la Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, consideró que se había excedido el "plazo razonable" para llegar a una sentencia definitiva, y cerró la investigación. Lo hizo citándose a sí misma en un fallo del año 2004, en el que resolvió que "la duración del proceso por casi dos décadas viola ostensiblemente las garantías de plazo razonable del proceso y del derecho de defensa".


Martes, 13 de mayo de 2014


 


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