Jueves  5 de Marzo del 2026
  
JUDICIALES

La Cámara anuló el fallo que evitaba embargos al juez Azcona y lo envió a concurso preventivo

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya anuló una resolución judicial que había concedido una medida especial para impedir embargos sobre el salario del juez de Santa Lucía, Daniel Alejandro Azcona, y dispuso que la situación económica del magistrado debe encauzarse mediante un concurso preventivo, conforme a la legislación concursal vigente, informaron fuentes judiciales al periodista Juan Cruz Velásquez.






El pronunciamiento, dictado el 3 de marzo de 2026, revocó en su totalidad el fallo emitido en diciembre de 2025 por un juzgado de primera instancia, que había hecho lugar parcialmente a una medida autosatisfactiva solicitada por el propio Azcona. Aquella decisión había ordenado a algunas entidades financieras abstenerse de solicitar embargos sobre los haberes del magistrado durante 90 días, con el objetivo de facilitar negociaciones de pago, explicó.



El juez había planteado ante la Justicia que se encontraba en una situación de fuerte endeudamiento con distintas entidades del sistema financiero, entre ellas Banco Galicia, Ualá, Mercado Pago, Credil y otras firmas crediticias. En su presentación sostuvo que, tras el pago de una cuota alimentaria equivalente al 35% de su salario y diversas obligaciones crediticias, su margen económico mensual era insuficiente para afrontar el total de las deudas.

La Cámara analizó el planteo y consideró que la solución adoptada por el juzgado de origen no era jurídicamente adecuada para resolver un cuadro de insolvencia. En su voto, las camaristas señalaron que los propios datos expuestos en la causa revelan una situación de cesación de pagos, es decir, la imposibilidad de cumplir regularmente con las obligaciones financieras asumidas.

Ante ese escenario, el tribunal sostuvo que la vía legal correcta es la prevista por la Ley de Concursos y Quiebras, que permite ordenar el tratamiento de las deudas mediante un proceso universal en el que participan todos los acreedores y se establece un plan de reestructuración.

En ese sentido, la Cámara indicó que intentar frenar el avance individual de los acreedores mediante medidas cautelares o autosatisfactivas genera soluciones parciales y transitorias, además de abrir conflictos sobre prioridades y privilegios entre los distintos créditos.

Asimismo, el fallo remarca que el planteo realizado implicaba, en los hechos, otorgar una especie de protección especial frente a los acreedores por la condición de magistrado del solicitante, circunstancia que el tribunal consideró improcedente.

En su resolución, las camaristas también recordaron que los integrantes del Poder Judicial deben observar estándares de conducta y responsabilidad institucional vinculados con el ejercicio de la función pública.

Finalmente, el tribunal resolvió declarar la nulidad de la sentencia dictada en primera instancia, rechazar el recurso presentado por Azcona y ordenar que el proceso sea reformulado como una petición de concurso preventivo, el cual podría tramitar bajo la modalidad de “pequeño concurso”, prevista para deudores con estructuras patrimoniales más acotadas.

Además, se dispuso comunicar la decisión al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes para su conocimiento y eventual intervención en el marco de las normas administrativas que regulan la conducta de magistrados y funcionarios judiciales.


EL INICO DEL CASO QUE CAUSO POLÉMICA EL AÑO PASADO

En diciembre del año pasado el juez de Santa Lucía, Daniel Alejandro Ascona, tras presentación de una medida judicial en Goya alegando una grave crisis económica personal, con deudas que consumen más del 90% de su salario. Solicitó que las entidades financieras no embarguen su sueldo y propuso destinar el 30% de sus ingresos al pago de las deudas. El juez Gabriel Guillermo Sade hizo lugar parcialmente al pedido y suspendió por 90 días posibles acciones de cobro de algunos acreedores. El caso generó críticas por tratarse de un magistrado que recurrió a la Justicia para frenar reclamos por deudas personales.


Jueves, 5 de marzo de 2026


 


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