HECHO DENUNCIADO EN 2024
Goya: Dictan sentencia firme contra un hombre por abusar de su nieta
El Superior tribunal de Justicia dejo firme una sentencia contra un hombre que cometió abuso sexual a su propia nieta en Goya. Se lo hallo culpable del delito de abuso sexual sin acceso carnal cometido contra una menor de 13 años agravado por la condición de ascendiente del autor (art. 119, último párrafo inc. B del C.P.).
Resumen del Caso LOF 8892/2 Fecha: 21 de mayo de 2025. Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Caso: R. A. S. condenado por abuso sexual simple a una menor de 13 años. Sentencia: 7 años de prisión, impugnada por la defensa por supuestos vicios de nulidad y falta de pruebas directas. Decisión: El tribunal confirma la sentencia, argumentando que la valoración probatoria y la calificación legal son correctas, desestimando los agravios de la defensa.
El hecho llevado a juicio que tiene como víctima a la menor V.S., y que el Tribunal de juicio de Goya tuvo por acreditado: “…Alrededor de las 20 hs., del día 04 de enero del año 2024, el acusado R. A. S., (a) “N.”, ingresó al baño de su domicilio sito en calle Cabral xxxx de esta ciudad, donde abusó sexualmente de su nieta V. S., de 10 años de edad (nacida el xx/08/20xx), sometiéndola a tocamientos impúdicos de vagina y pechos, acreditándose el vínculo con el certificado de nacimiento.
Se sustentó principalmente en el testimonio de la menor, V. S., brindado en una Sala de Entrevista Especializada con la Psicóloga Forense. Además, se consideraron los testimonios de los padres de la niña y otros profesionales que la asistieron psicológicamente, así como documentos que acreditaron el vínculo familiar. Todos estos elementos fueron valorados integralmente por el tribunal.
Los indicios emocional de la menor tras el incidente fue observación de aspectos psico-afectivos, como angustia, ansiedad y malestar. Además, se notaron cambios en su ritmo de sueño y alimentación, y se mostró más dispersa e introvertida. Estos signos indican que la victima ha transitado por una experiencia traumática de contenido sexual.
AGRAVIOS DE LA DEFENSA:
La defensa de R. A. S. argumenta que la sentencia condenatoria presenta vicios de arbitrariedad que la tornan nula, alegando violaciones a derechos constitucionales e internacionales del imputado y del debido proceso. Se sostiene que no se ha podido acreditar el abuso sexual simple, cuestionando la validez de los testimonios de los progenitores, quienes no fueron testigos directos del hecho. Además, se critica la falta de consideración del testimonio de la Dra. R. B., quien no encontró evidencia física de contacto sexual.
FUNDAMENTO DEL ACUSADOR
La sentencia se basa en la correcta valoración de las pruebas presentadas, que incluyen testimonios y el análisis psico-afectivo de la menor. El tribunal argumenta que, aunque no hay pruebas directas del hecho, los testimonios y la conducta de la menor son suficientes para establecer la existencia del abuso. Se destaca que la decisión del tribunal es coherente y se ajusta a la tipificación penal propuesta, cumpliendo con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley.
DECISIÓN FINAL. confirmar la Sentencia Condenatoria N° 88 del 30 de julio de 2024, desestimando la impugnación presentada por la defensa de R. A. S. Se concluye que la conducta del imputado es relevante para el derecho penal y que el razonamiento del tribunal fue claro y coherente en la valoración de las pruebas. Por lo tanto, se mantiene la condena de siete años de prisión y se imponen costas al recurrente.
Viernes, 23 de mayo de 2025
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