PASO DE LA PATRIA
Las tres estudiantes suspendidas por bullying vuelven a la escuela por orden judicial
Luego de un mes, los estudiantes volverán a la escuela de manera presencial por orden del juez. Además, la medida que impedía la interacción de nueve compañeros quedó sin efecto.
A un mes de que la Justicia ordenara la suspensión de tres estudiantes por un caso de bullying hacia otra compañera en el colegio de Paso de la Patria, el juez Hugo Alejandro Sánchez Martínez, levantó la medida precautoria y las alumnas suspendidas- que hasta el momento debían asistir a clases virtuales- volverán este viernes a la presencialidad. Además se dejó sin efecto la medida que prohibía la interacción entre otros nueve compañeros con la menor.
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Teniendo en cuenta la resolución del levantamiento de la medida cautelar a la que pudo acceder El Litoral, el juez ordena: “El levantamiento de la medida precautoria, dictada por Resolución N° 29 de fecha 04 de Abril de 2.025, respecto a las jóvenes cursantes de la Escuela “1er. Tnte. De la Fuerza Aérea Miguel A. Giménez” de esta localidad de Paso de la Patria, debiendo retomar el cursado presencial en el establecimiento educativo de los mismos, conforme coordinación y disposiciones que implemente el cuerpo directivo de la Institución Escolar “1er Teniente de la Fuerza Aérea Miguel Ángel Giménez”.
Por esta razón, a partir de este viernes las tres adolescentes suspendidas desde primeros días de abril, regresarán al establecimiento educativo. Esta medida tomó el Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia Niñez y Adolescencia y de Paz, a pedido de la defensa de las acusadas.
El defensor de las jóvenes suspendidas, Nahuel Benito, matrícula 14.589, señaló a El Litoral: “Esta defensa estuvo en desacuerdo, por lo gravoso de la misma, sacando de su lugar de estudios a tres estudiantes, en su último año, y por un plazo de 35 días, afectándolos fuertemente emocionalmente, en su vínculo social y educativo”.
“Tal como lo hemos expresados al comienzo de este caso, una medida de prohibición de asistencia a las aulas, ha redundado en un verdadero abandono por parte de las instituciones como Disepa, ya que no se pusieron en marcha durante este periodo de 35 días, herramientas para afrontar este tipo de conflictos, casi abandonando a los estudiantes en su educación, ya que no hay clases virtuales, nunca las hubo, sólo unos mail, luego de más de 20 días con el envío de algún que otro trabajo práctico, sin ningún apoyo educativo vulnerando su derecho inalienable a estudiar”, agregó a este medio la defensa de las acusadas.
La medida del juez se extendió a otros nueve compañeros que hasta el momento tenían “prohibida la interacción, contacto, divulgación de contenido y referencia mutua en forma personal, y/o virtual a través de las redes sociales cualquiera sea-, y plataformas de mensajería instantánea de los adolescentes”
Por lo que en la nueva resolución ordena a “morigerar la medida precautoria complementaria, dejando sin efecto la prohibición de interacción y contacto en forma personal y digital, de los adolescentes, y la adolescente emancipada, para con la menor adolescente, y de esta, hacia los adolescentes indicados”.
Por otra parte, se mantiene la “prohibición de divulgación de contenido y referencias maliciosas mutua, en forma personal y/o virtual a través de redes sociales -cualquiera sea-, y plataformas de mensajería instantánea, de todos los adolescentes involucrados”.
Según el fallo, será el establecimiento educativo de Paso de la Patria el que se encargue de “llevar adelante un abordaje y acompañamiento integral y sostenido de la problemática planteada, con los alumnos involucrados, brindando charlas habituales respecto a la temática de acoso escolar y ciberacoso, y las implicancias de responsabilidad que tienen sus consecuencias derivadas, conforme los protocolos dispuestos”.
El trabajo de la institución será abordada conforme a los protocolos dispuestos por las “Resoluciones Ministeriales N° 3404/2014, N° 2613/2020, N° 3.100/2017, y N° 0920/2021 del Ministerio de Educación en vigencia, y con la intervención de la Dirección de Servicios Educativos de Prevención y Apoyo (Disepa) -y el cuerpo de profesionales psicólogos que integran la misma-; con la participación, control y colaboración efectiva de los tutores y/o progenitores de los alumnos involucrados; aplicando las medidas administrativas y disciplinarias necesarias y suficientes, a efectos evitar la gestación de este tipo de problemática de acoso escolar y ciberacoso (bullying y ciberbullying)”, según resolvió el juez.
Viernes, 9 de mayo de 2025
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