Viernes  4 de Julio del 2025
  
CALENDARIO 2025

Calendario de impuestos municipales

La Resolución N. º 1942 establece vencimientos para los tributos del año fiscal 2025. Automotor, Inmobiliario, Retribución de Servicios, Patente Motos, Tasa Seguridad e Higiene y Derecho Cementerio.



En esta disposición el Departamento Ejecutivo Municipal establece una consideración financiera como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contado los tributos mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas. Impuesto Automotor: Vehículos: automotores, camiones/utilitarios: Por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga 40% de descuento; Por pago hasta en 6 cuotas al día de su vencimiento o su respectiva prórroga, 5% de descuento.

Motovehículos: 30% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga; 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

Impuesto Inmobiliario: 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del segundo vencimiento o su prórroga; 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

Tasa de Retribución de Servicios: 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del segundo vencimiento o su prórroga; 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

RESOLUCIÓN Nº 1942

FIJANDO CALENDARIO IMPUESTOS AUTOMOTOR, INMOBILIARIO, RETRIBUCIÓN DE

SERVICIOS, PATENTE MOTOS, TASA SEGURIDAD E HIGIENE Y DERECHO

CEMENTERIO - AÑO 2025

VISTO

El Código Tributario Municipal sancionado por Ordenanza Nº 1.791 y sus modificaciones, Y . . . . . . . . . . . . . . . , , , , , , , , , , , , , , ,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer un calendario de vencimientos de pagos, para el periodo fiscal 2025, de los tributos cuya determinación, recaudación y fiscalización son facultad del D.E.M., a través de la Secretaría de Hacienda y Economía.

Que se debe realizar una consideración financiera como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contado los tributos mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas.

Por ello.

El INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: FIJAR el siguiente Calendario de Vencimientos para aquellos tributos cuya determinación, recaudación y fiscalización se encuentren a cargo del Municipio de Goya, de acuerdo al siguiente detalle:

ARTÍCULO 2º: En cualquier momento el contribuyente podrá optar por el pago total correspondiente al periodo fiscal 2025.

ARTÍCULO 3°: Establecer los siguientes descuentos de acuerdo al tributo y la forma de pago del mismo, la que será aplicable únicamente en los casos de contribuyentes que no registren cuotas vencidas al momento del pago (total anual o cuota) correspondiente al periodo fiscal 2024.

a) Impuesto Automotor

l. Vehículos: automotores, camiones/utilitarios:

1. Por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga 40% de descuento.

ii. Por pago hasta en 6 cuotas al día de su vencimiento o su respectiva prórroga, 5% de descuento

2. Motovehículos

1. 30% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prórroga.

ii. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

b) Impuesto Inmobiliario:

1. 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del segundo vencimiento o su prórroga.

11. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

e) Tasa de Retribución de Servicios:

1. 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del segundo vencimiento o su prórroga.

11. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prórroga.

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.


Jueves, 2 de enero de 2025


 


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