Miércoles  30 de Abril del 2025
  
DESOBEDIENCIA JUDICIAL

Por medida de seguridad, dictan prisión efectiva de 6 meses por reincidencia

En un fallo con perspectiva de género, el doctor Darío Ortiz ordenó la detención y prisión efectiva de 6 meses en la Unidad Penal N°1 de Capital local para un hombre que tenía condenas previas y volvió a poner en peligro la vida su ex pareja y su hija, con una nueva desobediencia judicial.





En el marco del anterior Código Procesal Penal el doctor Darío Ortíz, en su calidad de Juez de Instrucción N°3 y Correccional (hoy de Garantias) condenó a un hombre a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material penalmente responsable de la comisión del delito de desobediencia (art. 239 del CP), pena que cumplirá en la Unidad Penitenciaria Nº1 de la ciudad la Capital.

En la misma resolución lo declaró reincidente y como medida de seguridad ordenó su detención inmediata en la misma sala de debate, y alojarlo en la comisaria primera de Goya, hasta su traslado, por considerar que existen riesgos para la ex pareja y la hija por el constante hostigamiento a las que las somete.

Impuso además el cumplimiento de un tratamiento psicológico en el lugar de detención, a fin de morigerar conductas impulsivas y/o violentas en contexto de relaciones de pareja y familiares, por el tiempo que dure la condena o el que el profesional tratante considere necesario, debiendo acreditar periódicamente su cumplimiento con la correspondiente constancia.

Las víctimas denunciaron reiteradas situaciones de hostigamiento y violencia padecidas al terminar su relación con el imputado, a quien se consideran una persona hostil y agresiva. La medida dispuesta por el doctor Ortiz tiene su fundamento en los antecedentes penales del hombre, que tuvo un accionar de dolo o engaño.

Se trata, informó el magistrado, de una nueva declaración de reincidencia, ya que tenía condena previa (Sentencia N° 28, del 05/11/2014 a dos años de prisión, pena confirmada por Sentencia N° 7 del Superior Tribunal, en fecha 26/02/2016) y otra del 22/05/2017 (Sentencia N° 79 Romero a un año de prisión efectiva). Siempre teniendo como víctima a las mismas personas.


Viernes, 6 de mayo de 2022


 


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