 CONVOCATORIA PARA CUBRIR CARGOS
Convocatoria para cubrir cargos de vocales del tribunal de cuentas municipal
La inscripción es hasta el 24 de junio. Los aspirantes deberán presentar sus antecedentes en sobre cerrado. La convocatoria se realiza en función a lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal.
A través de la Resolución N º 5079, el intendente municipal Francisco Ignacio Osella resolvió convocar a concurso de antecedentes para cubrir los cargos de vocales del Tribunal de cuentas Municipal en la forma y con los requisitos establecidos por el artículo 130 de la Carta Orgánica Municipal.
En la Resolución, que lleva fecha 9 de junio de 2010, y que lleva la firma del licenciado Francisco Ignacio Osella y del secretario de Gobierno, Diego Eduardo Goral, se expresa en el artículo 2º que la inscripción deberá ser realizada por ante la Secretaría de Gobierno hasta el día 24 de junio a las 12,30 horas, debiendo presentar los aspirantes sus antecedentes en una carpeta dentro de sobre cerrado.
Asimismo que “esta convocatoria será publicada en la página oficial del Municipio”, boletín oficial por tres días y en medios locales de difusión por el mismo término, debiendo remitirse nota informática al Colegio Público de Abogados de la circunscripción judicial de Goya y a la Delegación Goya del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Corrientes, para su difusión y en todos los casos con expresa trascripción de lo dispuesto por el artículo 130 de la Carta Orgánica Municipal.”
CONSIDERANDOS En el Considerando de la Resolución se expresa que “la disposición cuarta de la COM establece que “los miembros plenos del Tribunal de Cuentas Municipal serán elegidos con anterioridad al 30 de junio de 2010”.
“Que el artículo 130 de la COM establece que el mismo estará compuesto por dos contadores o doctores en ciencias económicas y un abogando, fijando los requisitos que deberán cumplir para ello”.
“Que dichos requisitos son: a) tener cumplidos los 30 años de edad; b) 5 años de residencia efectiva e inmediata en el Departamento de Goya y c) poseer 5 años de ejercicio de la profesión”.
“Que también queda establecido en el mencionado artículo que tendrán las mismas incompatibilidades que los concejales y la jerarquía de Subsecretarios del Departamento Ejecutivo”. “Que asimismo, los artículos 131 y 132 de la COM establecen el mecanismo de designación”.-
Viernes, 11 de junio de 2010
|