Jueves  25 de Abril del 2024
  
LEY 27.610

20 centros de salud garantizan la interrupción voluntaria del embarazo en Corrientes

En Corrientes son 20 los centros de salud que garantizan la interrupción voluntaria del embarazo. Se trata de un derecho consagrado por la Ley 27.610, sancionada en diciembre del 2020.





El Litoral dialogó con Fernanda Regnier, tocoginecóloga y referente provincial del área de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
A casi dos años de la puesta en vigencia de la normativa que establece la posibilidad de acceder a un aborto legal en las primeras 14 semanas de gestación, brindó detalles sobre su implementación a nivel jurisdiccional.
“Al mes de sancionada la ley, el Ministerio de Salud estableció un protocolo de actuación con el que se viene trabajando. Es mucho lo que se ha avanzado en este tiempo”, expresó Regnier.
Si bien reconoció que en la provincia “la gran mayoría de profesionales son objetores de conciencia”, la práctica está garantizada en Capital y otras 14 localidades.
Es que la ley establece que el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a no realizar el procedimiento por creencias éticas o religiosas, siempre y cuando garantice la adecuada derivación.
En Capital, se puede acudir al Hospital Llano y al Hospital Materno Neonatal Eloísa Torrent de Vidal, en el Caps Dr. Arturo Ilia del barrio Pirayuí, el Caps XVI del barrio La Olla, en el Saps de la Facultad de Medicina y en el Saps del barrio Santa Catalina.
En tanto que hay efectores en hospitales de Curuzú Cuatiá, Saladas, Caá Catí, Mercedes, Ituzaingó, Monte Caseros, Goya, Lavalle, Santa Lucía, Bella Vista, Esquina, Paso de los Libre y Santo Tomé.
“Se realizan un promedio de 100 prácticas por mes en la provincia. La población que busca acceder a la interrupción legal del embarazo es muy variada. Todas las edades y todas las situaciones socioeconómicas, con y sin pareja”, señaló Regnier.
Sin embargo, advirtió que el requerimiento es menor entre adolescentes, y que el grueso de las solicitantes son mujeres de entre 28 y 35 años con hijos.
Por otro lado, la responsable de Salud Sexual y Reproductiva de la Provincia informó que las correntinas que deseen solicitar mayor información o denuncias por barreras en el acceso pueden comunicarse con la línea de Salud Sexual nacional: 0800-222-3444.
“Personalmente me encargo de recibir los reclamos. La mayoría de los llamados son porque no saben a dónde recurrir”, precisó.
A 20 años de la Ley Nacional de Salud Sexual y Reproductiva
A mediados de noviembre Corrientes participó del “Encuentro Federal 20 años de la Ley 25.673 de Salud Sexual y Reproductiva”.
Referentes y equipos técnicos de todas las provincias se reunieron para realizar un balance de su implementación.
La Ley 25.673, sancionada el 31 de octubre de 2002, estableció un cambio de paradigma reconociendo la salud sexual y reproductiva como derecho de la población y convirtió en responsabilidad del Estado el desarrollo de políticas públicas para garantizar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva, prevenir embarazos no intencionales, promover la salud sexual y reproductiva en la adolescencia, asegurar el acceso a información y a métodos anticonceptivos, entre otros objetivos.
“Hubo participación plena y tuvimos la posibilidad de realizar un intercambio muy rico. Compartimos avances, desafíos, barreras y dificultades. Fue muy productivo tomar contacto con otras realidades”, sostuvo Regnier quien viajó al encuentro nacional que se desarrolló durante dos días en el Palacio San Martín de Buenos Aires.
“En los últimos años hubo un fuerte avance en el cambio de paradigma, al hablar no sólo de salud sexual y reproductiva sino también no reproductiva. Están consagrados como derechos de acceso a la salud que se gozan desde los 14 años. Fuimos sumando otras normativas como la de parto respetado, educación sexual integral, fertilización asistida, entre otros”, enumeró Regnier.
En el ámbito local, informó que en los hospitales y centros de atención primaria de la salud se puede acceder de manera gratuita a distintos métodos anticonceptivos como ser los orales, DIU hormonal y de cobre, inyectables mensuales y trimestrales, chip subdérmico, anticonceptivos de emergencia y preservativos.
Estos últimos son el único método barrera que garantiza la prevención de enfermedades de transmisión sexual.
Con respecto a los embarazos adolescentes no deseados, Regnier señaló que “en general tenemos un índice mediano/alto. En los últimos años descendió por la implementación del Plan Nacional de Prevención del Embarazo No Intencional en la Adolescencia (ENIA), mediante el cual se busca difundir información sobre prevención y relaciones sexuales informadas y consentidas”.
En el mes de julio, se realizó un encuentro en Corrientes del Plan ENIA dónde se dio a conocer que entre 2018 y 2021, se logró reducir un 42,8% los embarazos en menores de edad en la provincia. En cifras proporcionadas por la cartera sanitaria, ese porcentual reflejó que en 2018 hubo 3.470 embarazos adolescentes no intencionales en Corrientes y en 2021 bajaron a 1.985.
En Argentina, según los datos de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud del Ministerio de Salud de la Nación, entre 2019 y 2020, la tasa de fecundidad adolescente tardía (15 a 19 años) pasó de 40.7 a 30.3 nacimientos por cada 1.000 mujeres adolescentes, mientras que la tasa de fecundidad temprana (niñas menores de 15 años) disminuyó de 1.1 a 0.7. Ellitoral


Lunes, 28 de noviembre de 2022


 


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